Se puede hacer extensivo el beneficio del retén social a quienes laboran para las empresas privadas, puesto que las disposiciones superiores, contenidas en la constitución no pueden pasarse por alto, toda vez que el RETEN SOCIAL, tiene origen en los principios constitucionales. M.P Jorge Iván Palacio
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Sonia Marlen Peña Lopez
8 marzo, 2017 at 5:15 pm
Buenas tardes, soy docente de preescolar tengo 55 años y labore en un colegio privado con contrato a término fijo de febrero a noviembre, renovando durante cinco años, para el periodo 2017 no fue renovado mi contrato y me faltan dos años para pensionarme, mi pregunta es si me puedo acoger a las normas o procedimientos del retén social.
Me he postulado a diferentes puestos pero debido a mi edad no me contratan ya que por mi profesión prefieren personas jóvenes, yo tengo la capacitación y la experiencia necesaria para ejercer mi profesión
Agradezco de antemano su guía y respuesta