C-914-13 (04/12/2013)

[vc_row][vc_column][vc_column_text]M.P. LUIS ERNESTO VARGAS SILVA

Para la Corte no pueden adelantarse dos investigaciones en contra de los miembros de las Juntas de Calificación de invalidez, y de ser el caso, la investigación de la Procuraduría General de la Nación desplaza la que lleve a cabo el Ministerio del Trabajo. Precisó que la reglamentación de la forma de designación de los miembros de las Juntas tiene reserva legal, por lo que no puede diferirse al Ministerio del Trabajo.[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row]

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