En respuesta a consulta elevada por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público a la Corte Constitucional, referente a la viabilidad de no transferir recursos del Sistema General de Participaciones a las entidades que hubieren superado el 125% de cobertura de su pasivo pensional en el FONPET, el alto Tribunal Constitucional estableció que dichas entidades son susceptibles de recibir dichas transferencias por tener una estirpe constitucional.