Consejo de estado, auto 2218-16 del 15 de marzo de 2017 (No procede tercerización laboral por vía reglamentaria )

Los enunciados normativos demandados en los numerales 4 y 6 del artículo 2.2.3.2.1 del decreto reglamentario 1072 de 2015, desbordan materialmente el contenido esencial del artículo 63 de la ley 1429 de 2010, el cual hace referencia a la prohibición de contratar personal a través de cooperativas de trabajo asociado ni ninguna otra forma de intermediación laboral, para desarrollar actividades misionales permanentes. C.P Sandra Ibarra Vélez

consultoresasociados

Leave a Reply

;
WhatsApp chat