Corte Constitucional, sentencia SU 428 del 11 de agosto de 2016 (Pensión de sobrevivientes, requisitos exigidos para su reconocimiento: convivencia y fidelidad )

El reconocimiento y pago de la pensión de sobrevivientes guarda, en la mayoría de casos una fuerte relación con algunos derechos fundamentales como el mínimo vital, la seguridad social y la subsistencia en condiciones dignas, Es requisito indispensable acreditar la convivencia real y efectiva en los últimos 5 años. M.P Gabriel Eduardo Mendoza

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