Corte constitucional, sentencia T- 157 del 09 de marzo de 2017 (Respaldan sentencia Unificadora sobre la condición más beneficios en la pensión de invalidez)

Si bien la norma aplicable al reconocimiento de la pensión de invalidez es en principio, la que se encontraba vigente al momento de la estructuración de la pérdida de capacidad laboral, la línea jurisprudencial constante y recientemente unificada obliga a que se respeten las expectativas generadas en los solicitantes al auspicio del régimen dentro del cual realizaron las cotizaciones. M.P Alberto Rojas

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