Corte suprema de Justicia, sala laboral, sentencia 2509 de 2017 (terminación del contrato por justa causa, reconocimiento de la pensión de jubilación o invalidez )

Es viable la terminación del contrato por concesión de la pensión de vejez o jubilación, siempre y cuando esta haya sido reconocida, notificada y el trabajador incluido en nómina de pensionado en vigencia de la ley 797 de 2003, independientemente de que la prestación haya sido causada antes de la entrada en vigor de la mencionada ley.

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