El gobierno acaba de reglamentar el artículo 10 de la Ley 1744 de 2014, de acuerdo con el cual los recursos excedentes del Sistema General de Regalías acumulados en el Fonpet podrán ser utilizados para financiar el valor de las mesadas pensionales o la constitución de Patrimonios Autónomos dirigidos a cubrir obligaciones pensionales.