Ley 1788 de 8/07/2016, (Ley que reconoce prima de servicios a los trabajadores domésticos)

El presidente Sanciono la iniciativa que reconoce prima de servicios a los trabajadores domésticos. A través de la Ley 1788 se garantiza el acceso en condiciones de universalidad al derecho de la prima de servicios para estos trabajadores, que corresponderá a 30 días de salario por año, el cual se reconocerá en dos pagos, la mitad máximo el 30 de Junio y la otra mitad, a más tardar, los primeros 20 días de Diciembre.

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