Puede reestablecerse pensión de sobrevivientes que fue perdida por nuevas nupcias (Corte suprema de Justicia, sala laboral, sentencia55412 del 06 de diciembre de 2017 M.P Clara Cecilia Dueñas)

27 febrero, 2018by consultoresasociados0

La sentencia C- 309 de 1996, declaró inexequibles algunas expresiones del artículo 2 de la ley 33 de 1973, del artículo 2 de la ley 12 de 1975, y del artículo 2 de la ley 126 de 1985, que traían como causal de perdida de la pensión de sobrevivientes contraer nuevas nupcias. La misma sentencia dispuso que las viudas que con posterioridad al 7 de julio de 1991 hubieren contraído nupcias o unión marital de hecho y por este motivo perdido el derecho a la pensión de sobrevivientes podrá reclamar las mesadas que se causen a partir de la notificación de la sentencia.

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