Sentencia 20854 5/19/2016 Consejo de Estado (Estos son los requisitos de exigibilidad del título ejecutivo para el cobro coactivo de la cuota parte pensional)

La sección cuarta del Consejo de Estado recordó que el titulo ejecutivo para el recobro de las cuotas partes pensionales está conformado por el acto administrativo en firme que reconoce el derecho a la pensión y el que liquida esas cuotas partes pensionales, siempre y cuando se hayan causado, pagado y no se encuentren prescritas. C.P. Jorge Octavio Ramírez

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