Se presenta en dos situaciones
- cuando el interesado despliega todos los actos tendientes para acceder a cierto beneficio , pero la entidad no se pronuncia señalando expresamente que existe alguna deficiencia o inexactitud en la documentación
- cuando la entidad le ha indicado que la información es incorrecta o incompleta y una vez enmendada la situación, la administradora impone nuevos reparos o requisitos que no fueron tenidos en cuenta en la primera corrección C.P Alberto Rojas
One comment
claudia guzman
28 marzo, 2017 at 1:14 pm
Llevo 17 solicitudes a COLPENSIONES para que me incluyan el periodo de octubre de 2000 a septiembre de 2001 que no lo han tenido en cuenta por cuanto estuve en el fondo privado Santander y este lo asumió Protección y yo antes de haberme pasado al ISS estuve también en PROTECCION, yo le he solicitado a Protección me certifique ese periodo y se lo anexo a COLPENSIONES pero llevo tres (3) años y no quieren hacer la corrección, igualmente este periodo figura en la base de datos de asofondos yo creo que presentare tutela basándome en la Sentencia T-012 de enero 20 de 2017