Corte Constitucional, Sentencia T- 058 del 3 de Febrero de 2017 (Carga de la prueba y jurisdicción en la revocatoria del acto que reconoce derechos pensionales)

La carga de la prueba para demostrar la ilegalidad del acto administrativo que reconoce la pensión le corresponde a la administración y esta debe allegar los medios de convicción suficientes para acreditar la irregularidad del acto que se cuestiona, debido al principio de buena fe y la presunción de inocencia que recae en el pensionado al ser la parte débil de la relación.

No obstante, cuando la administración allegue los suficientes medios de convicción que demuestren la ilegalidad del acto el principio de buena fe pasa a favor de esta  en aras de proteger el interés público. M.P Gabriel Mendoza

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