Sentencia (39882013) Abril/21/2016-Consejo de Estado Sección (Sanción por mora en consignación de cesantías no procede si fueron reconocidas en sentencia judicial)

La Sección Segunda del Consejo de Estado advirtió que, según los términos previstos en la Ley 244 de 1995, para que el empleador expida el acto administrativo y pague las cesantías definitivas a sus trabajadores cuando termina la relación laboral en modo alguno pueden hacerse extensivos a las cesantías que se ordenan pagar en una sentencia judicial. M.P. Gabriel Valbuena Hernández)

 

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