Sentencia T- 128, 03/11/2016-Corte Constitucional (. Cónyuge supérstite tiene derecho a pensión de sobrevivientes, asi no haya convivido con el pensionado durante los últimos cinco años)

De esta manera, el alto tribunal confirmo que la cónyuge supérstite tiene derecho a una porción de la pensión de sobrevivientes, así no haya convivido con el pensionado durante los últimos cinco años anteriores a su fallecimiento, dado que solo basta que pruebe que convivió con este durante más de cinco años en cualquier tiempo.M.P. Jorge

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