Sentencia T-140 03/18/2016-Corte Constitucional (. tutela procede cuando no se paguen incapacidades laborales de manera oportuna y se afecte el mínimo vital del trabajador)

Cuando no se paguen las incapacidades laborales de manera oportuna y completa, afectándose el mínimo vital del trabajador y el de su familia, la acción de tutela es procedente.asi lo preciso la Sala Sexta de Revisión de la Corte Constitucional luego de recordar las exigencias que tienen los jueces de tutela para este tipo de circunstancias particulares. M.P. Jorge Iván Palacio.

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